Por la prouincia de la Compaņia de Iesus, y Colegio de San Hermenegildo. Con Doņa Beatriz de Torres. Este Pleyto estā pendiente en esta Real Audiencia, adode le traxo la parte de la dicha Doņa Beatriz querellado, pretendiendo, que el juez de la Santa Yglesia haze fuerįa en inibir al seglar, para que no conozca de el; y porque el hecho en que todo se fundase refiere en el papel de la otra parte, de que este es respuesta, por escusar prolixidad no se repite, y solo se notan dos cosas. La primera, que el dicho Colegio de mas de 12. aņos a esta parte ha estado posseyendo los bienes, sobre cuya possession se litiga, que le entregó la dicha D.Beatriz en virtud de las renuciaciones, y donaciones, q[ue] sus hijos le hizieron, quieta y pacificamente sin contradicion alguna ... Lo segundo ... por parte de ... Beatriz alegando auer quedado por heredera de sus hijos, que eran ya muertos, cuya herencia le tocaua, excluyendo a la Compaņia, de que eran Religiosos, sin embargo de las renunciaciones, y - [S.l. : s.n.,, s.a.] - 9, [1] h., ; Fol.


Testamentos---Pleitos--Espaņa--S. \RXVII\R